La Sala II del Tribunal de Impugnación dio a conocer un fallo que, en su resolución más sustancial, favoreció a la defensa de Javier Saavedra.

Como se sabe, el 7 de noviembre del año pasado, la Sala VI del Tribunal de Juicio, había declarado penalmente responsable al menor de los tres hermanos imputados y llevados a juicio, pese a que, al inicio del debate, en razón de su muerte, lo había sobreseído por la extinción de la acción penal.

Este punto, sin embargo, fue impugnado por el abogado Marcelo Arancibia, quien ejerció la defensa del mismo y de sus hermanos Carlos y Guillermo, los que sí fueron juzgados y declarados absueltos por el beneficio de la duda.

En su presentación, el reconocido penalista volvió a torcer la sentencia de los jueces en favor de su cliente, en este caso de Javier Saavedra, quien murió el 15 de septiembre de ese año, fecha en la que debía comenzar el juicio por el crimen de Jimena Salas, ocurrido el 27 de enero de 2017, en su casa del barrio San Nicolás en Vaqueros.

Dado su fallecimiento, en una celda de la Alcaidía Judicial, hecho que, días atrás, la fiscalía de Impugnación confirmó como resultado de un suicidio, el juicio se retrasó y comenzó el 24 de septiembre, siendo el primer acto procesal del tribunal la declaración de sobreseimiento de Javier por su muerte, tal como lo consagra el artículo 59, inciso 1 del Código Penal.

Pese a ello, el tribunal de juicio -en el punto 2 de su sentencia- declaró la responsabilidad penal de Javier Saavedra en el hecho. Los jueces sostuvieron que “sin perjuicio del auto de sobreseimiento dictado oportunamente a favor del imputado Javier Nicolás Saavedra”, declararon tener “la certeza de su autoría material en este hecho, como así también de la participación de otra persona aún no identificada (H2), conforme la prueba surgida en el debate, y ante la eventual intervención de otra u otras personas”.