La Ley de Estados de Excepción (Ley 1341) fue sancionada en julio de 2020 por la entonces presidenta del Senado, Eva Copa, ante la negativa de Jeanine Áñez como presidenta del Estado. De hecho, Áñez ordenó que la ley no sea publicada en la Gaceta para que no entre en vigencia. Recién el 29 de octubre de ese año, luego del triunfo del MAS en las urnas se publicó en la gaceta.

La Ley de Estados de Excepción regula precisamente todos los actos que contempla el estado de sitio que puede declarar un gobierno y establece condiciones, por ejemplo, el presidente debe informar semanalmente sobre el estado de sitio. Además, la Asamblea debe conocer en el término de 24 horas la declaratoria de restricciones y, si la Asamblea rechaza el estado de excepción, éste queda sin efecto de inmediato.

Asimismo, establece responsabilidades en los funcionaros y efectivos cuando impartan órdenes, los mismos que pueden ser procesados. “Cualquier servidor público, civil, militar o policial que actúe violando los derechos establecidos en la Constitución Política del Estado, pretendiendo ampararse en el estado de excepción, será procesado y sancionado administrativa, civil y penalmente”, señala el parágrafo III del artículo 13 de la ley abrogada por el Senado.

La CPE no señala el tiempo de duración de un estado de excepción y deja en manos de la ley regulatoria ese plazo. La ley que está siendo abrogada establece que solo puede ser de 60 días y no se podrá dictar otra medida similar en un solo año.