Por estas horas se conoció el contenido de la Resolución 354 emitida por el Ministerio de Educación, la cual establece un nuevo régimen de control de ingreso, permanencia y desarrollo de actividades en los establecimientos de la provincia, con la normativa imponiendo reglas estrictas sobre quiénes pueden acceder a los edificios escolares, alcanzando por igual a las instituciones de gestión pública y privada.
El marco regulatorio fundamenta sus disposiciones en la necesidad de resguardar la seguridad jurídica y la integridad física, psíquica y moral de alumnos y trabajadores durante la jornada lectiva, por lo cual la cartera educativa dispuso que el contacto de padres, madres y tutores con el personal debe canalizarse exclusivamente por las vías institucionales y en los horarios previamente fijados.
La resolución también obliga a cada establecimiento a implementar un registro obligatorio de visitas para todas las personas ajenas a la institución. En dicho libro, se deberán consignar los datos personales del visitante, el horario de entrada y salida, el motivo de la presencia y la autoridad que autorizó el acceso.
Además, la normativa establece un protocolo específico de actuación ante eventuales conflictos que alteren el normal desarrollo de las clases dentro de los predios: si una persona externa presenta conductas agresivas o se niega a retirarse del edificio, la autoridad escolar labrará un acta, notificará a la supervisión dentro de las 24 horas hábiles y podrá solicitar la intervención de la Policía de Salta.
Asimismo, la disposición gubernamental acota las facultades de los equipos directivos respecto a la organización de eventos dictados por terceros en las aulas. Es que, según la norma, a partir de la entrada en vigencia de la norma, los directores ya no podrán autorizar de manera autónoma talleres, charlas o actividades a cargo de profesionales u organizaciones ajenas al establecimiento.
Así, toda propuesta externa deberá ser tramitada ante la Dirección General de Educación correspondiente con un mínimo de 10 días hábiles de anticipación para su respectiva evaluación. De este modo, la autoridad competente analizará la pertinencia pedagógica de la iniciativa y su adecuación al diseño curricular vigente, antes de otorgar el aval formal para su dictado.
