La medida alcanzará a jubilados, pensionados, titulares de asignaciones familiares, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el resto de las prestaciones sociales que administra el organismo.
Como sucede cada vez que una fecha de pago coincide con un día no hábil, los haberes no se acreditarán de manera anticipada. En cambio, el cronograma será corrido para esos beneficiarios, manteniendo el orden establecido según la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI), sin alterar el resto de las fechas previstas para el mes.
La modificación responde exclusivamente al funcionamiento del sistema bancario durante esa jornada, por lo que el resto del calendario continuará desarrollándose con normalidad. Desde ANSES remarcaron que cada titular podrá consultar la fecha exacta de cobro a través del calendario oficial o ingresando a Mi ANSES, donde figura la información actualizada de cada prestación.
El cambio se produce por el feriado nacional del lunes 17 de agosto, cuando se conmemora el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín. Debido al cierre de las entidades bancarias, quienes tenían asignado el cobro para esa fecha recibirán sus haberes el martes 18 de agosto, primer día hábil posterior.
Más allá de esta reprogramación puntual, agosto también traerá novedades para millones de beneficiarios. Durante el mes se aplicará una nueva actualización de los haberes previsionales de acuerdo con la fórmula de movilidad vigente, lo que impactará en jubilaciones, pensiones y asignaciones. A su vez, continuará el pago del bono extraordinario destinado a reforzar los ingresos de quienes perciben las prestaciones más bajas.
Desde el organismo previsional insistieron en que la modificación responde únicamente al feriado nacional y no implica cambios en los requisitos ni en la modalidad de cobro. Por ese motivo, recomendaron a los beneficiarios verificar con anticipación la fecha asignada para evitar confusiones y concurrir a las entidades bancarias únicamente cuando el haber ya se encuentre acreditado.
El calendario de pagos según cada prestación se conforma de la siguiente manera:
Jubilaciones y pensiones que perciben el haber mínimo
DNI terminados en 0: 10 de agosto
DNI terminados en 1: 11 de agosto
DNI terminados en 2: 12 de agosto
DNI terminados en 3: 13 de agosto
DNI terminados en 4: 14 de agosto
DNI terminados en 5: 18 de agosto
DNI terminados en 6: 19 de agosto
DNI terminados en 7: 20 de agosto
DNI terminados en 8: 21 de agosto
DNI terminados en 9: 24 de agosto
Jubilaciones y pensiones que superan un haber mínimo
DNI terminados en 0 y 1: 25 de agosto
DNI terminados en 2 y 3: 26 de agosto
DNI terminados en 4 y 5: 27 de agosto
DNI terminados en 6 y 7: 28 de agosto
DNI terminados en 8 y 9: 31 de agosto
Pensiones No Contributivas (PNC)
DNI terminados en 0 y 1: 10 de agosto
DNI terminados en 2 y 3: 11 de agosto
DNI terminados en 4 y 5: 12 de agosto
DNI terminados en 6 y 7: 13 de agosto
DNI terminados en 8 y 9: 14 de agosto
